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Una guía para los que responden primero la fase inicial de un incidente ocasionado en el transporte de materiales peligrosos.


Normativas en proyecto


Normativa en Proyecto 

PREGLAMENTO GENERAL A LA LEY PARA LA GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS


El presente reglamento tienecomo objetivo regular la gestión de los residuos a nivel nacional, reglamentando para ello en forma general la Ley para la Gestión Integral de Residuos, N° 8839 de 24 de junio del 2010, a fin de asegurar el trabajo articulado en la gestión integral de residuos para prevenir riesgos sanitarios, proteger y promover la calidad ambiental, la salud y el bienestar de la población

PROYECTO DE REGLAMENTO PARA REGULAR LA ACTIVIDAD DE CONTROL DE PLAGAS MEDIANTE LA APLICACIÓN DE PLAGUICIDAS DE USO DOMESTICO Y PROFESIONAL


El presente reglamento tiene por objeto establecer los principios generales y procedimientos para regular la actividad de control de plagas mediante el uso de plaguicidas domésticos y profesionales.

PROYECTO DE REGLAMENTO DE APROBACIÓN DE SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES

Objetivos y Alcances.
El presente Reglamento tiene por objetivo la protección de la salud pública y del ambiente, mediante una gestión racional y ambientalmente adecuada de las aguas residuales.

PROYECTO DE LEY GENERAL DE ELECTRICIDAD

Expediente No. 17.812.--La energía es un bien fundamental para la sociedad moderna. La seguridad y oportunidad de su abastecimiento, calidad, continuidad y precio, son componentes claves para la competitividad y el desarrollo sostenible de nuestro país. El progreso de un país requiere, entre otros aspectos, de un sector energético eficiente, eficaz y con capacidad de desarrollo y actualización continua.

Proyecto de Reglamento de Buenas Prácticas de Almacenamiento, Distribución y Acondicionamiento Secundario de Medicamentos en Droguerías

En uso de las facultades que le confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) de la Constitución Política;28 párrafo segundo de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública” 1, 2, 4, 95, 96, 100, 101, 102 y 106 de la Ley N° 5395 del 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”.

 

Reglamentará la Ley GIR No.8839
14/02/2012

Próxima Regulación para la Gestión Integral de Residuos


El Ministerio de Salud ha elaborado y sometido a consulta un proyecto de norma para regular la gestión de los residuos a nivel nacional, reglamentando así en forma general la Ley para la Gestión Integral de Residuos (GIR), Ley No.8839.

De esta manera se estarían estableciendo lineamientos específicos, dirigidos principalmente en tres direcciones, para crear un mecanismo de manejo efectivo de los residuos desde su generación hasta su utilización o disposición final, y se acompaña de dos estrategias para lograr la gestión integral, que serían la información y la educación en toda su magnitud.

El primer foco está orientado hacia las municipalidades como responsables de la gestión integral de residuos generados en su cantón. Éstas deberán elaborar, implementar y divulgar en forma participativa un Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos y dar así especificaciones e instrucciones claras para los generadores de su zona y para su propia gestión interna. Para ello, el Ministerio de Salud tiene a disposición el Manual para la Elaboración de Planes Municipales de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

El segundo foco se orienta hacia los entes generadores privados regulados por normativa específica y que requieren el permiso sanitario de funcionamiento, el certificado veterinario de operación, o la evaluación de impacto ambiental, quienes deberán contar con un programa de manejo integral residuos generados por su actividad, tenerlo implementado y mantenerlo actualizado.

En tercer lugar, las instituciones de la Administración Pública, empresas públicas y municipalidades deberán elaborar e implementar Programas de Gestión Ambiental Institucional, tal y como se establece en el Reglamento para la Elaboración de Programas de Gestión Ambiental Institucional en el Sector Público de Costa Rica, en los cuales deberán incluir sus propios residuos generados.

Estos tres tipos de programas deberán realizarse en concordancia con los instrumentos de planificación para la gestión integral de residuos como lo son la Política Nacional y el Plan Nacional para la Gestión Integral de Residuos y los Planes Sectoriales de Residuos.

Generadores privados

En el caso de los programas de manejo integral de residuos por parte de los generadores de los sectores productivos, éstos deberán orientarse a impulsar acciones hacia el principio de jerarquización de los residuos y promover la responsabilidad compartida y la responsabilidad extendida del productor. En estos programas se deberá tener nombrado un responsable o responsables del tema de residuos por parte del ente generador, y tener indicados otros actores involucrados tanto internos o externos. Además se deberán identificar los residuos peligrosos y de manejo especial que se generan y manejarlos de conformidad con la normativa establecida al efecto y como parte de este programa, e indicar los gestores autorizados o el destino de los residuos separados.

Asimismo, estos generadores podrán incorporar dentro del programa otras acciones que promuevan medidas para fomentar las compras sustentables, el ecodiseño, una producción más limpia, esquemas de recepción de productos o envases postconsumo, entre otros, para aquellos productos que no hayan sido declarados de manejo especial por el Ministerio de Salud.

La figura del gestor autorizado es ampliamente regulada en esta norma y en el anexo II de la misma se presenta el formato y contenido para el programa de gestión integral de residuos por parte de los generadores privados.

Información

Esta normativa en proyecto plantea la creación de un Sistema Nacional de Información para la Gestión Integral de Residuos (SINIGIR), para mantener indicadores y determinar anualmente el estado de la gestión integral de los residuos a nivel nacional y así la efectividad del cumplimiento de la Ley GIR y sus reglamentos ejecutivos y municipales.

La plataforma de funcionamiento del SINIGIR sería el Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA) del MINAET y el Sistema Nacional de Vigilancia en Salud (SINAVIS) del Ministerio de Salud, y los actores públicos y privados anteriormente mencionados serían las fuentes de información, quienes deberán presentar en el último trimestre de cada año la información solicitada por el Ministerio de Salud.

Educación

Por otra parte, en el ámbito de la educación formal el Ministerio de Educación Pública deberá formular e implementar el Programa Nacional de Educación para la Gestión Integral de Residuos en los centros educativos públicos y privados de preescolar, primaria y secundaria de todo el país; y las instituciones de educación superior y técnica deberán establecer la formación en gestión integral de residuos en los programas académicos de las carreras afines a la materia.

Otras consideraciones, como los seguimientos y controles estatales, el movimiento transfronterizo de residuos, el financiamiento, las denuncias y las sanciones, son abordadas en esta propuesta.

El texto integral de este proyecto de reglamento o puede acceder en esta misma página de SISE.


 


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