En proyecto
Reglamento para Regular la Actividad de Control de Plagas
El Ministerio de Salud y el
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social se encuentran trabajando en un proyecto
de reglamento para establecer principios y procedimientos que regulen la
actividad de control de plagas mediante el uso de plaguicidas domésticos y
profesionales, el cual aplicaría a todas las personas físicas y jurídicas que se
dediquen al control de plagas en todos los lugares donde viven, permanecen,
laboran o concurren personas y medios de transporte, dentro del territorio
nacional.
De acuerdo con este proyecto de
reglamento quienes se dediquen a esta actividad deben contar con un permiso
sanitario de funcionamiento, que tendría una vigencia de un año, contar con un
regente o asesor técnico y contar con un área exclusiva para el almacenamiento
de plaguicidas y de equipo de aplicación, debidamente rotulado, de conformidad
con la norma vigente INTE 31-07-02-2000: Señalización de Seguridad e Higiene en
los Centros de Trabajo.
Adicionalmente, esta área de
almacenamiento de plaguicidas debe cumplir con una serie de requisitos que se
detallan, sobre infraestructura, equipamiento, dispositivos de seguridad y
vertido de aguas de lavado; específicamente para la ubicación respecto a
linderos de la propiedad, y para los pisos, paredes, estructuras internas,
techos, ventilación, instalaciones eléctricas, servicios sanitarios y duchas,
extintores, fuentes lavaojos y duchas de emergencias, equipos de protección
personal, botiquín básico de primeros auxilios, sistemas de recolección de
derrames menores, fuentes de agua potable y para el área de lavado de la ropa de
trabajo y del equipo de protección personal.
Desde el punto de vista de gestión,
la empresa controladora de plagas deberá contar con un manual de procedimientos
que incluya:
- Descripción de las
tareas.
- Riesgos laborales, las medidas de
prevención y protección.
- Medidas sobre disposición de
desechos y envases vacíos.
- Calibración y mantenimiento del
equipo de trabajo.
- Lavado del equipo de
trabajo.
- Mantenimiento del equipo de
protección personal y ropa de trabajo.
También se incluyen requerimientos
para capacitación, realización de exámenes médicos preexposición y periódicos,
disposición de al menos de un medio de transporte destinado exclusivamente a
esta actividad, rotulación para aplicación de plaguicidas en áreas mayores de
500 metros cuadrados, Además se
establecen responsabilidad tanto para el patrono como para el trabajador y para
el regente o asesor técnico.
Finalmente, el proyecto de reglamento
establece una serie de prohibiciones, entre las que se encuentran la aplicación,
manipulación y transporte de plaguicidas domésticos y profesionales por personas
menores de 18 años, por mujeres embarazadas o en período de lactancia y por
personas con problemas de salud mental o física, que se detallan; y prohibición
de la utilización de plaguicidas de uso agrícola en el control de plagas en
ambientes donde viven, circulan, permanecen o concurren personas.
De aprobarse este reglamento, los
establecimientos que ya cuentan con permiso sanitario de funcionamiento para
este fin gozarían de un plazo de doce meses para el cumplimiento de estos
requerimientos.
El texto de este proyecto se
encuentra disponible en esta página web de SISE.